sábado, 5 de diciembre de 2009

Reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela

El viernes 06 de noviembre del año en curso fue publicada en Gaceta Oficial Nº 39.300, la reforma parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), en la cual queda establecido como autónomo para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia, así como ejercer funciones para alcanzar objetivos superiores del Estado.
Asimismo, se señala en la resolución que el objetivo fundamental del BCV es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor de la moneda, contribuyendo así con el desarrollo armónico de la economía nacional y colaborando con la integración latinoamericana y caribeña mediante mecanismos que faciliten políticas macroeconómicas.
Para ello, el BCV deberá, entre otras cosas, formular y desarrollar la política monetaria; participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria; regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero; así como regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema.
Igualmente, centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales; estimar el nivel adecuado de dichas reservas; participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo; y velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país, además de establecer sus normas de operación.
Cabe destacar que la dirección y administración del Banco estarán a cargo del Presidente -actualmente Nelson Merentes- quien además ejercerá la presidencia del Directorio y la representación legal del Banco.
El BCV podrá ser depositario de los fondos del Tesoro Nacional, en la forma que convenga con el Ejecutivo Nacional, así como podrá abrir y mantener subcuentas en divisas a favor del mismo, conforma a la Ley y a los convenios que se celebren.
Es importante mencionar que en la reforma parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), fueron modificados los artículos 48, 56, 58, 75, 113, 114, 115.
La reforma de la Ley del BCV está pensada para que éste tenga el control en el mercado permuta (Dolar Paralelo). La modificación del artículo 58 permite al BCV, mediante la compra y venta de bonos de Pdvsa, influir en la fijación de precios en este mercado. Por otro lado la reforma a la norma del BCV, es necesaria para ponerlo a tono y al servicio de los objetivos estratégicos de desarrollo económico, que se plantea el gobierno en un proceso de crisis en el sistema capitalista mundial.

jueves, 3 de diciembre de 2009

Macroeconomía Venezolana

La macroeconomía es la perspectiva de la economía que se ocupa de analizar el comportamiento de agregados.



A continuación dejo el siguiente link para que descarguen
mi trabajo sobre el tema

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viernes, 27 de noviembre de 2009

Plan Único de Cuentas y Clasificador Presupuestario

En que se diferencia en manual de cuentas (Plan único de cuentas con el clasificador presupuestario (Utilizar bases teóricas del banco mundial, fondo monetario internacional. Gobierno central

El Plan Único de Cuentas es la esencia del sistema integrado de información financiera para el Sector Público que desarrolla el Ministerio de Finanzas, cuya implantación, como se ha manifestado, ofrece las bases para que el sistema funcione con éxito.
Para que el sistema integrado opere se requiere:
a) Que el Plan Único de Cuentas contenga una información de datos de entrada, suficientemente desagregadas.
b) La clasificación programática del presupuesto.

El Plan Único de Cuentas posibilita el cumplimiento, entre otros de los siguientes objetivos:

1. Registro por partida simple y por partida doble, de toda transacción económica y financiera, haciendo posible la modernización y una mayor transparencia de la gestión pública.
2. Identificación y registro de la totalidad de los flujos de origen y aplicación de los recursos financieros.
3. Interrelaciona y presenta la información presupuestaria y contable sobre bases homogéneas y confiables, facilitando la integración de los sistemas de administración Tinanciera del Estado.
4. Posibilita el tratamiento computarizado de los datos.
5. Permite el registro del impacto de la demanda del sector público, tanto del desarrollo productivo como los de distribución, acumulación y financiamiento, que se manifiestan en el Sistema de Cuentas Nacionales.
6. Separa las transacciones del Sector Público Financiero del Sector Público no Financiero para la confección de las estadísticas de las finanzas públicas.
7. Permite establecer los resultados económicos, financieros y los operativos de las empresas públicas no financieras.
8. Hace posible el seguimiento periódico de la ejecución presupuestaria de pagos, de inversiones y de crédito público, así como el cierre legal del presupuesto.
9. Posibilita la aplicación de eficientes sistemas de control físico y financiero del presupuesto.
10. Permite el seguimiento efectivo del plan anual operativo y el manejo de políticas fiscales y monetarias.

El Plan de Cuentas Presupuestarias está integrado por siete grandes grupos de cuentas:
1.00.00.00.00 Activos
2.00.00.00.00 Pasivos
3.00.00.00.00 Recursos
4.00.00.00.00 Egresos
5.00.00.00.00 Resultados
6.00.00.00.00 Patrimonio - Capital
7.00.00.00.00 Cuentas de Orden

En el año 2005 se creó un nuevo Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos, con el propósito de coadyuvar al proceso de reorganización del Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas, a través de la interrelación de los sistemas que participan en la Administración Financiera del Sector Público, cuyas operaciones preidentificadas a través de clasificadores, deben actuar de manera integrada para una mejor gestión pública.

El presente Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos publicado en la Gaceta Oficial N° 38.314 del 15 de noviembre de 2005, deroga al Plan Único de Cuentas y entra en vigencia a partir del ejercicio económico-financiero 2006, empleándose en la formulación, ejecución y control del Presupuesto del Sector Público, siendo en su esencia un valioso avance técnico en la administración presupuestaria.
El Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos toma especial relevancia ya que de su contenido, de la forma como se organiza y del grado de universalidad que contiene, no sólo depende la calidad y utilidad de las salidas del sistema integrado, sino que condiciona la conectividad del sistema integrado con otros sistemas de información de la gestión pública venezolana.
A partir de esta concepción el Clasificador Presupuestario actualiza su estructura.


Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos

El Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos constituye las asignaciones presupuestarias de los distintos conceptos de gastos, así como el ordenamiento de los datos estadísticos mediante los cuales se resumen, consolidan y organizan las estadísticas presupuestarias con el fin de generar elementos de juicio para la planificación de las políticas económicas y presupuestarias, facilitar el análisis de los efectos económicos y sociales de las actividades del sector público y su impacto en la economía o en sectores particulares de la misma, y hacer posible la formulación y ejecución financiera del presupuesto.

Dentro de sus principales objetivos se encuentran:

•Identificar y registrar de la totalidad de los flujos de origen y aplicación de los recursos financieros.
•Interrelacionar y presentar la información presupuestaria sobre bases homogéneas y confiables, facilitando la integración de los sistemas de administración financiera del Estado.
•Registrar por partida simple y por partida doble, toda transacción económica y financiera, haciendo posible la modernización y una mayor transparencia de la gestión pública.
•Realizar el seguimiento periódico de la ejecución presupuestaria de pagos, de inversiones y de crédito público, así como el cierre legal del presupuesto.

Este nuevo instrumento comprende dos grandes grupos de cuentas a saber:
3.00.00.00.00 Recursos
4.00.00.00.00 Egresos.

Es de suma importancia, mencionar que a diferencia del derogado Plan Único de Cuentas, este clasificador incluye únicamente dos grandes grupos de cuentas “Recursos” refiriéndose a los Ingresos y Fuentes de Financiamiento y “Egresos”, para los Gastos y Aplicaciones Financieras, entendiendo el concepto de los mismos en forma amplia. Lo correspondiente a las cuentas patrimoniales serán aprobadas por la Oficina Nacional de Contabilidad Pública, en el Plan de Cuentas Patrimoniales.
Con la puesta en vigencia de este Clasificador la ONAPRE busca como norte, disponer de un verdadero instrumento de gestión, a partir de la programación de operaciones, en la etapa de formulación y en las posteriores de control y evaluación de la gestión presupuestaria, para que los ejecutivos públicos cuenten con una herramienta que los apoye en su proceso de toma de decisiones.

jueves, 26 de noviembre de 2009

POAN Y POAI

Plan Operativo Anual y los Plan Operativos Anuales Institucionales

Normativa Legal
•Compete al Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo dictar los lineamientos para la elaboración y seguimiento del POAN y el POAI (LOP)

•EL POAN debe presentarse a la Asamblea Nacional antes del 15 de Octubre de cada año, junto con el Proyecto de Ley de Presupuesto y la Ley Especial de Endeudamiento Público. (Art. 10 y 38 LOAF / Art. 37 LOP)

•Los POAI deben presentarse junto con los Proyectos Institucionales de Presupuesto (LOAF)

Los Lineamientos del POAN y los POAI

Conjunto de conceptos, criterios u orientaciones estratégicas, que guiarán a los Ministerios y a sus entes adscritos, en la planificación, diseño y programación de sus proyectos; de manera que las mejoras en el desarrollo económico y social del país estén al servicio de las mayorías nacionales.

Propósito del POAN y los POAI

Armonizar la gestión anual de los órganos y entes de la A.P.N y los recursos del Presupuesto Nacional con la Direccionalidad Estratégica del Gobierno.

Líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social 2007-2013
•Armonizar la metodología para la formulación del POAN, los POAI, la Ley Especial de Endeudamiento y el Presupuesto del 2008:
•Planificación y Presupuesto por Proyectos
•Ficha Única de Proyectos un solo esfuerzo, varios usos

El POAN: Es un esfuerzo de Planificación Estratégica y Programación Presupuestaria por Proyecto.
•Trasciende las rutinas institucionales
•Destinado a concretar Proyectos Estratégicos.
•Un proceso de racionalización del gasto

EL POAI: Está referido a la gestión anual de cada institución, vista en forma individual. Contiene:
•Proyectos POAN (Bajo responsabilidad o competencia)
•Proyectos Institucionales
•Acciones asociadas al funcionamiento institucional.

Objetivos Estratégicos del POAN y el POAI

Son los logros que el ejecutivo nacional se propone alcanzar en relación con el desarrollo del país, los problemas y demandas fundamentales de la sociedad.
En consideración a lo antes indicado, el presupuesto en todas las fases de su proceso resulta la herramienta más idónea para materializar y lograr el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes de desarrollo, en particular del Plan Operativo Anual con el cual debe vincularse en forma directa con el Presupuesto de la Nación.
El Presupuesto Público.

La técnica para presupuestar en los órganos y entes del sector público venezolano esta implícita en el texto del artículo 315 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.

El Presupuesto Público.

“Es la base para la estructuración de un sistema de contabilidad gubernamental, constituye la base legal para la realización del gasto público. la configuración de las cuentas contables debe ser compatible con las clasificaciones presupuestarias, para lograr la adecuada interrelación entre el proceso fiscal y la contabilidad, para así analizar el comportamiento de ingresos y egresos” (Hernández, 1981)

Expresa los planes nacionales, regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación, aprobados por la Asamblea Nacional.


Alcance Conceptual del Presupuesto Público.

•Alcance Político.
Políticas de Producción de Bienes y Servicios (Política Económica, Social, Fiscal)

Políticas de Administración Presupuestaria (Política Salarial, Inversión Pública, Crédito Público)

•Alcance Administrativo.
Planear, Dirigir, Coordinar, Informar, Supervisar, Evaluar y Presupuestar las actividades a cargo de la Entidad Pública

•Alcance Económico y Financiero.
Efecto Económico: el ingreso público tributario tiene una función de contracción de la demanda y un efecto de redistribución de los recursos.

Efecto Financiero: el presupuesto significa origen y destino de flujos financieros

•Alcance Jurídico.
Se establecen normas que regulan la ejecución y evaluación y fijan responsabilidades por el manejo del presupuesto.

Características del Presupuesto Público.
.- Incluye una programación detallada.
.- Requiere de un proyecto y está contenido en un plan.
.- El periodo presupuestario es de duración anual.
.- Se formula, ejecuta y controla bajo la técnica de presupuesto, por proyectos.
.- Tiene carácter de ley.
.- Cuenta con clasificadores de ingresos y gastos enlazados y consolidados.
.- Como algo inherente a su naturaleza, deben ser flexibles.
.- Sus datos deben estar fundamentados en estudios, análisis e investigaciones.
.- Permite la determinación de responsabilidades públicas
.- Se comporta como un elemento operativo dinámico

Objetivos del Presupuesto Público.
• Prever ingresos y gastos futuros para anticiparse a las necesidades del ente.
• Trasformar las políticas del gobierno en programas de acción por medio de la asignación de recursos.
• Proveer la estructura para las cuentas públicas y la contabilidad fiscal.
• Permitir la evaluación periódica de la gestión gubernamental
• Facilitar el proceso administrativo.
• Proveer la base legal para la realización del gasto público.
• Cumplir con los planes de la nación a largo, mediano y corto plazo.
• Coordinar las decisiones políticas, económicas y sociales.
• Coordinar las actividades de organismos gubernamentales
• Establecer una relación entre los fines por cumplir y los medios con que alcanzarlos.
• Minimizar costos, al darle el mejor uso a los recursos.
• Facilitar la delegación de autoridad y fijar la responsabilidad financiera.
• Permitir que la sociedad conozca los programas de gobierno.

lunes, 23 de noviembre de 2009

Activar la Economía

Ante una economía que se desacelera velozmente y que ya registró una caída de 2,4% en el segundo trimestre, la administración del Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez recurre a una reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela para inyectar dosis extra de créditos que, de acuerdo con analistas, tienen el potencial de multiplicar el dinero y exacerbar la inflación.
Hugo Chávez ya anunció que el Banco Central desembolsará para proyectos agroindustriales, construcción de viviendas, manufactura, entre otros sectores, 500 millones de bolívares fuertes en lo que resta de año y 900 millones más en el primer trimestre de 2010.
De acuerdo por lo expresado por el Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, manifiesta Nelson Gerentes, Presidente del Banco Central de Venezuela, el organismo aportará el dinero para los proyectos, bajo la figura de un crédito y recuperará los fondos en el plazo y con los intereses que establezca el directorio.
Es importante mencionar con estas medidas que se deben hacer los seguimientos y evaluaciones respectivas a cada proyecto que se vaya a financiar, ya que en muchos casos el Gobierno aplica medidas sin el control adecuado, que permitan garantizar que los planes se han realizado satisfactoriamente.

Inflación caliente

Si bien el Banco Central de Venezuela destaca en su último informe que al cierre de Octubre 2009, la inflación acumula un saltó de 20,7%, que es menor al 24,7% registrado en él mismo lapso de 2008, existen evidencias de que los precios están represados.
El núcleo inflacionario, un termómetro que utiliza el BCV para medir la inflación pero que aísla el efecto del control de precios y las variaciones estacionales, registra un salto de 24,7 al cierre de Octubre 2009. Además el precio al por mayor de los productos importados, una variable que anticipa nuevos incrementos para los consumidores en el mediano plazo, acumula un alza de 33,7% en los primeros diez meses de 2009. El alza de los precios ha debilitado el salario y el poder de compra al cierre del tercer trimestre muestra una caída de 5%, según datos oficiales.

sábado, 14 de noviembre de 2009

Relatoría Nº 2

Un presupuesto es un plan por escrito que describe ingresos y gastos de la forma más precisa posible. Los presupuestos y los planes de gastos son esenciales para usar el crédito prudentemente y cumplir con las metas financieras, como ahorrar para el anticipo o pagar la cuota hipotecaria mensual. Con estas herramientas, descubrirá sus pautas de gastos y puntos en los cuales podría ahorrar.

Los planes de la nación son lineamientos estratégicos definidos por el Gobierno Nacional con un horizonte de varios años. Los Planes Operativos Anuales son construidos por cada Organización basados en su razón de ser y alineados a los Planes de la Nación. Estos “POA” se construyen con un horizonte de un año pero comienzan a ser diseñados seis meses antes de su aprobación y de comenzar a ejecutarlos

La necesidad de lograr un mayor alineamiento entre la planificación, el diseño organizacional y el presupuesto institucional para mejorar la eficacia y la eficiencia de las organizaciones públicas, por lo cual se hace necesario para generar condiciones dirigidas a la implantación de un modelo de gestión orientado a resultados, la participación y interrelación con cada uno de estos actores con el Gobierno Central.

LA ONAPRE: La Oficina Nacional de Presupuesto: órgano rector del Sistema Presupuestario Público,

ONCOP: Es el órgano rector del Sistema de Contabilidad Pública

Ley Orgánica De Régimen Presupuestario:
La presente Ley establece los principios y normas básicos que regirán el proceso presupuestario de los organismos del sector público, sin perjuicio de las atribuciones que, sobre control externo, la Constitución y las leyes confieren a los órganos de la función contralora.

Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo:
La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de planificación y desarrollo institucional.
La formulación de estrategias de desarrollo económico y social de la Nación, y la preparación de las proyecciones y alternativas;
La formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo Anual y del Plan de Inversiones Públicas;

Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas
Ejercer la rectoría de la política económica, fiscal y la coordinación de la Administración Financiera del Sector Público Nacional, dirigiendo y supervisando la implantación y mantenimiento de los sistemas que la integran en el marco del ordenamiento legal, con un claro enfoque de claridad, eficiencia y ética, para contribuir en forma decisiva al bienestar económico y social de la nación.

Oficina Nacional del Tesoro
En el año 2000 se denomina Oficina Nacional del Tesoro, con la promulgación de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y desde el año 2007, logra obtener formalmente una nueva estructura Organizativa, que avale su funcionamiento y desempeño organizacional dentro del Sistema de Tesorería del País, siempre con miras a asegurar la ejecución adecuada de sus objetivos de cara a la modernización del Sistema Financiero Público Nacional.

Banco Central de Venezuela
Artículo 5. El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor de la moneda.
El Banco Central de Venezuela contribuirá al desarrollo armónico de la economía nacional, atendiendo a los fundamentos del régimen socioeconómico de la República.

Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional
Artículo 1°.- La Hacienda Pública Nacional comprende los bienes, rentas y deudas que forman el activo y el pasivo de la Nación, y todos los demás bienes y rentas cuya administración corresponde al Poder Nacional. La Hacienda, considerada como persona jurídica, se denomina Fisco Nacional.